Mascarillas, ¿más es menos?

En esta ocasión, volvemos a contar con la colaboracion de Manuel Espinosa Martín, el cual nos da su opinión sobre el manido tema de las mascarillas de protección frente a virus SARS-CoV-2 y la utilización de doble mascarilla, opinión que estoy seguro dará para el debate.

 

«Me he desvelado con la imagen de mi sobrina Estefanía Conde Espinosa sacándome sangre, con una mascarilla KN95 y encima una mascarilla sanitaria, ajustada fatal y se me ha puesto la piel de gallina. He decidido expresar mi opinión muy personal al respecto

Reconozco quizás que soy demasiado friki en temas de prevención de riesgos laborales. Por este motivo, cada vez soy más reservado al respecto e intento no incomodar a mi entorno (soy un verdadero coñazo) y limito este tema a mi entorno profesional; para los demás soy el del pan casero, pizzas, sushi, ping pong y las carreras.

Vamos a lo que vamos: Todo lo que voy a expresar está limitado a actividades sanitarias o sociosanitarias, no extrapolables al ciudadano en general. Para el ciudadano en general simplemente diré que tiren las mascarillas caseras (si su economía se lo permite) y ya que se hizo una norma de urgencia al respecto (abril 2020), apareciendo consigo las «famosas» mascarillas higiénicas, utilicen este tipo MASCARILLAS HIGIÉNICAS CERTIFICADAS conforme a UNE 0064 (no reutilizables) o UNE 0065 (reutilizables) y olviden las mascarillas de la vecina que las hace buenas, buenas, de verdad.

En el ambiente sanitario y sociosanitario es obligatorio el RD 664/97 Riesgos biológicos. Los Equipos de Protección Individual (en adelante EPI), están regulados en el RD 773/97.   Además, hay que tener en cuenta la norma UNE EN 149 (mascarillas EPI), que marca las especificaciones técnicas de las FFP1, FFP2 y FFP3, que se han popularizado en este tiempo maravilloso de pandemia. También hay que tener en cuenta la Norma UNE-EN 14683 Mascarillas quirúrgicas (producto sanitario).

En base a todo esto os daré primero una explicación técnico-jurídica y después una explicación lógica de andar por casa, a qué se debe mi opinión.

Como miembro durante algunos años de grupos de trabajo de elaboración, desarrollo y revisión de normas UNE relacionadas con protecciones colectivas os diré, que se dedican muchísimas horas de personas con altos conocimientos en la materia que se desarrolla. Lo único válido durante su desarrollo son los datos cuantitativos (ensayos, ensayos y más ensayos) y buscamos garantizar lo máximo posible que cuando un producto sale al mercado certificado en base a esa norma técnica y se utiliza en base al manual de instrucciones del fabricante existe una garantía para el usuario tremenda.

Pues en el caso, de las mascarillas para el cumplimiento de la norma UNE EN 149 debe pasar por un Organismo Notificado externo a la empresa que realiza los ensayos y controles necesarios, y además debe estar autorizado para ensayar equipos de protección respiratoria.

En definitiva, que en el caso de un EPI mascarilla (FFP1, FFP2 o FFP3) simplemente mirando unos numeritos que aparecen sobre las propias mascarillas y consultando un listado se puede saber si es mascarilla FAKE o no. Y muchas de las que siguen circulando, al menos en la calle, son FAKE; espero que en el ambiente sanitario no lo sean.

https://ec.europa.eu/growth/tools-databases/nando/index.cfm?fuseaction=directive.notifiedbody&dir_id=155501

Suponiendo que sean buenas, estas mascarillas se someten a unos ensayos muy severos en laboratorios especializados, ensayos que cumplen esa norma utilizando solo la FFP2, nunca una FFP2 y la quirúrgica encima. Quiero decir que al hacer eso nos estamos cargando la certificación del producto, incumpliendo la normativa técnica y jurídica de dicho EPI e incumpliendo el manual de instrucciones del fabricante y por tanto, infringiendo la normativa vigente en términos estrictos.

Para hacerlo bien, existen unas mascarillas conocidas como mascarillas duales que cumplen ambas normativas UNE EN 149 y UNE-EN 14683. Quizás no existan en el mercado, pero ha pasado casi un año desde que empezó todo y no podemos seguir dejando expuestos a los que nos tienen que curar, porque sin ellos,  yo por ejemplo, no estaría aquí en estos momentos escribiendo estas líneas (Gracias a todo el equipo humano de XANIT Hospital Benalmádena).

Si no tenemos duales pues habrá que utilizar FFP2 reales sin filtro de exhalación (no esas mierd…. KN95) con ajuste en las orejas, que tengo mis dudas razonables que las mascarillas con ajuste en las orejas puedan superar la prueba de ajuste que se exige en la norma UNE EN 149. Definidos en los apartados 7.7 y 8.4 Ensayo de comportamiento práctico, 7.9 Fuga: Hacia el interior consta de tres componentes (fuga por el ajuste con la cara, fuga por la válvula de exhalación (si esta existe) y penetración del filtro).

Si no tenemos esas FFP2 reales, yo utilizaría las mierd… de KN95 o N95 con accesorio para ajuste en la nuca. De hecho, es lo que utilizo en mis visitas a centros de trabajo (principalmente obras) durante esta pandemia, pues me protege a mí y protege a mi alrededor. Que no os cuenten milongas, que no esté certificada como producto sanitario no quiere decir que no proteja a los demás, ajustadla bien.

Cuando visito obras donde están retirando amianto, utilizo FFP3 con filtro de exhalación y una quirúrgica encima que tape el filtro y proteja a los demás. Realmente es una chorrada porque todos los trabajadores en estos trabajos deben tener FFP3 bien ajustada, y por tanto si todos estamos protegidos de lo que inspiramos, no es necesario filtrar lo que exhalamos. He tenido que entrenar la respiración pausada, y debo desplazarme muy tranquilo para evitar la respiración agitada. Mi trabajo lo permite, porque es ver y comprobar cómo trabajan los demás, sin ritmo impuesto por la situación. Se define en el apartado 7.12 de la norma UNE EN 149 Contenido de dióxido de carbono en el aire de inhalación, “el contenido de dióxido de carbono en el aire de inhalación (espacio muerto) no debe exceder un promedio de 1% (en volumen). Los ensayos deben realizarse de acuerdo con el apartado 8.7. Otros apartados importante de la norma es el 7.16 Resistencia a la respiración, que se ensayan de acuerdo con el apartado 8.9.

En definitiva, por orden de preferencia para amigos sanitarios:

  1. Mascarilla dual que cumpla ambas normativas UNE EN 149 y UNE-EN 14683.
  2. Mascarilla FFP2 con ajuste en la nuca sin filtro de exhalación que cumpla UNE EN 149.
  3. Mascarilla KN95 o N95 (que no deberían estar en el mercado en estos momentos), con ajuste en la nuca y bien ajustada.

Por supuesto, para determinadas tareas el resto de EPIS, pantallas, etc. En estos momentos me he centrado en mascarillas.

Voy a intentar explicar que pasa al utilizar doble mascarilla:

Si tu pones obstáculos al aire durante la respiración mediante una mascarilla o cinco, o mediante una bolsa de plástico, si tu cuerpo para la actividad que está desarrollando necesita un aporte de 10 lo va a buscar de donde sea, y en este caso si ponemos los obstáculos el camino más fácil es entre la mascarilla y el rostro, porque nadie y repito nadie se ajusta la mascarilla al rostro como corresponde. Esa vía de entrada, esa inhalación hace que entre el aire que tenemos alrededor del rostro sin filtrar, lo que en determinadas actividades es un problema. Porque si estoy haciendo una prueba a un positivo covid19 a escasos centímetros de su boca la pantalla me protegerá de sus gotículas directas, pero los aerosoles generados durante la respiración pueden estar pasando entre la mascarilla y la cara.

El riesgo 0 no existe, pero sí podemos minimizarlo, Un ejemplo: si de 10 que respiramos con una mascarilla FFP2 el aire que pasa a través de la mascarilla es 8 y entre la mascarilla y la cara es 2 (porque el ajuste perfecto con estas mascarillas es difícil), con una mascarilla FFP2 con una mascarilla quirúrgica superpuesta puede ser 5 y entre la mascarilla y la cara 5. Es decir, el aire filtrado es mucho menor y por tanto te expones más al riesgo.

Entiendo que se adoptaran estas medidas cuando no existían mascarillas para aumentar la vida útil de la FFP2, que es la que realmente protege al que la usa, pero a estas alturas aunque existiera un megaestudio que justifique su uso, es de cajón que los sanitarios como norma deberían usar las mascarillas duales y dejarnos de inventos.

Puedo estar equivocadísimo, esto no es más que una reflexión en voz alta de un friki de prevención en mi muro de facebook, por si a mis familiares y amigos sanitarios o sociosanitarios les puede ser de utilidad. Quizás esté escribiendo una chorrada, y la cantidad de amigos de prevención que tengo me lo pueden aclarar en público o por privado, pero por más vueltas que le doy no le encuentro explicación razonable ni técnica porque no tiene en cuenta el aire inhalado y la protección de la persona que las usa, tendrá en cuenta otras cosas como el dinero o lo que sea pero a la persona-trabajador NO le protege más.

Aquí os indico una serie de vídeos del INSST, de una verdadera experta en la materia, Dña. Antonia Hernández Castañeda. Y también la primera parte con las referencias normativas, componente jurídico-técnica tan necesaria para saber de qué estamos hablando.

https://www.youtube.com/watch?v=MNFeJRo1Oo0&t=2637s

Recomiendo completo o como mínimo desde el minuto 43 hasta el 1 hora y 32 minutos».

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