Los trabajos de mantenimiento son una actividad habitual en cualquier edificación, ya sea la de una administración pública, una empresa o un particular, incluyendo en este último supuesto las comunidades de propietarios.
En muchos de estos trabajos de mantenimiento se generan riesgos, destacando especialmente el de caída de altura, el cual por desgracia produce gran cantidad de accidentes graves y mortales, la mayoría de ellos por una mala planificación de los trabajos a realizar. Destacan estos accidentes provocados por un acceso deficiente al lugar de trabajo y también la propia zona de trabajo, la cual se encuentra en muchos casos con grave riesgo de caída de altura, ya sea desde el perímetro de la edificación, o por la presencia de superficies frágiles que en caso de ser pisadas rompen, produciéndose la caída.
A todo lo anterior hay que sumarle que muchos de estos trabajos se realizan en instalaciones de empresas o administraciones donde la actividad continúa realizándose, lo que exige aún más una adecuada planificación preventiva para coordinar las actividades de las empresas y trabajadores autónomos frente a la actividad del titular del centro de trabajo; en algunos casos incluso, como puede ser en edificios públicos, también aparece la presencia de personas ajenas que acceden a los edificios a realizar cualquier gestión personal.
Por todo ello, es impresdincible que todos los implicados, desde el titular del centro de trabajo, pasando por el/los empresario/s principal/es, contratistas y subcontratistas (en el caso de obras de construcción), así como trabajadores autónomos conozcan los pasos correctos a seguir para lograr la citada planificación de los trabajos.
A continuación se propone un esquema para dar cumplimiento a lo comentado, y también a las exigencias legales que impone la normativa, especialmente la Ley 31/95, el R.D. 171/04 y el R.D. 1627/97:
El esquema diferencia especialmente cuando los trabajos son considerados obra de construcción o no; y dentro de los que son considerados obra, cuando tienen proyecto y cuando hay ausencia de este.
Hay un aspecto importante sobre los trabajos de mantenimiento que cada vez es más utilizado (y exigido por el titular), y que garantiza una información previa de los trabajos a realizar, así como la autorización de los trabajadores que van a realizar esos trabajos. Me refiero a los permisos de trabajo o autorización de trabajo, que podríamos definir como:
«Documento que elaboran dos o más personas (aprobador, solicitante, ejecutor) debidamente capacitadas y autorizadas, describiendo la actividad que se desarrollará, instalación y área involucrada, empresas involucradas, peligros asociados, permisos específicos requeridos; en dicho documento se registrará el lugar de trabajo, los requisitos y medidas de control para trabajos en caliente y/o en frío, equipos de protección personal especiales y monitoreos de aire y gas requeridos previo y durante la realización del trabajo sobre el análisis de riesgo realizado. Es específico para un determinado trabajo a realizar en un equipo o proceso perfectamente definido y delimitado. También se establece el horario de inicio, validez y hora de cierre. El permiso requiere de una verificación en sitio de las condiciones establecidas en el mismo, la cual habilitará o cancelará el inicio de las tareas
En definitiva, el permiso de trabajo garantiza que las empresas y trabajadores que van a realizar ese trabajo de mantenimiento están autorizados, conocen los riesgos de la actividad a realizar, y también los riesgos propios de su actividad frente a la del titular o de otras empresas que puedan interactuar; y por otro lado, el titular del centro de trabajo está informado de los trabajos que van a realizar, habiendo sido autorizados por este.
Hay infinidad de modelos de permisos de trabajo. A continuación se adjunta a modo de ejemplo dos documentos:
- Modelo de análisis de riesgos, previo al permiso de trabajo (para todo tipo de trabajos).
2. Permiso de trabajo. Se adjunta un modelo bastante completo, con idea de que pueda ser simplificado, en función de los propios procedimientos de las empresas afectadas y de los trabajos a realizar.
