A continuación se adjunta una interesante y reciente respuesta de la Dirección General de Empleo a diferentes preguntas realizadas por la Dirección General de la Inspección de Trabajo acerca de los trabajos previos necesarios para la adjudicación de obras de construcción.
El documento se puede descargar a continuación:
Gracias Ramón.
Respecto al escrito, o las preguntas están mal formuladas o están realizadas con «mala baba». Creo que la idea de las preguntas es otra pero mezclan tantas cosas que únicamente al Ministerio le da la posibilidad de responder lo que responde.
¿Es obra de construcción las visitas o estudios necesarios de las empresas que van a licitar la obra a futuro para redactar su oferta en base a un proyecto? Evidentemente NO, como tampoco lo es la redacción del proyecto y los trabajos previos necesarios para su redacción. RD 171 y punto.
Lo demás es liar la manta, especialmente lo de preguntar si es necesario designar un CSS y lo de los «trabajos previos», que suelen estar recogidos en el propio proyecto, como puede ser el desbroce, catas de localización de servicios, etc., y que se inician UNA VEZ ADJUDICADA LA OBRA, no por riesgo y ventura de las empresas licitadoras.
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